PROMOCIÓN:

"Aquí va SANSÓN en la caravana + Teja"

Reglamento Oficial

La promoción "Aquí va SANSÓN en la caravana + Teja" se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones. Por el solo hecho de participar en la promoción, los participantes aceptan todas las reglas de este reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de los organizadores. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de los organizadores en cualquier asunto relacionado con la promoción.

El otorgamiento de cualquiera de los premios estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este reglamento. El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los premios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumplan las normas y condiciones aquí establecidas.

1. Elegibilidad para participar: Con las excepciones que se dirán, podrán participar en esta promoción todas aquellas personas físicas que al día de participación tengan al menos 18 años de edad y que durante el plazo establecido al efecto adquieran el producto patrocinador como destinatarios finales del mismo, en las cantidades y presentaciones establecidas en el presente Reglamento. Todo lo anterior en los términos especificados en este reglamento.

Los interesados en participar deberán tener al momento del sorteo con un documento de identificación válido y reconocido por el Gobierno de Costa Rica.

No podrán participar, ni disfrutar del premio las siguientes personas: a. Empleados, ejecutivos y funcionarios de la empresa organizadora; b. Empleados, ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta promoción; c. dueños de ferreterías y sus empleados y d. Los parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad de todos los anteriores.

2. Organizador: La empresa CEMEX de Costa Rica S.A. con cédula de persona jurídica número 3-101-018809 es la organizadora de la promoción y única responsable de la misma ante cualquier tercero. Para cualquier aspecto relacionado con esta promoción, atenderá comunicaciones en la siguiente dirección: Guachipelín de Escazú, Oficentro Plaza Roble, Edif. El Pórtico Tercer Piso. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.

3. Plazos: Esta promoción se regirá por los siguientes plazos, que son de carácter perentorio:

  1. Plazo para participar: El plazo de participación inicia el día 14 de noviembre del 2011 y finaliza el día 10 de diciembre del 2011.
  2. Fecha del sorteo: El sorteo se realizará el día 20 de Diciembre de 2011. Los organizadores podrán modificar la fecha del sorteo por razones de conveniencia u oportunidad, pero este cambio no modifica el plazo de participar en la promoción, para no afectar las probabilidades de ganar.
  3. Anuncio de los ganadores: Los ganadores del sorteo se anunciarán al público el día 23 de diciembre de 2011 en la dirección electrónica www.cemexcostarica.com y por medio de una publicación en el periódico La Teja de circulación nacional cuya fecha será posterior al sorteo.
  4. Fecha límite para reclamar el premio: Después de ser contactado por primera vez por los organizadores o de que su nombre sea publicado conforme a lo indicado en este Reglamento, (el plazo correrá a partir del evento que ocurra primero), cada ganador potencial dispone de 5 días hábiles para apersonarse a reclamar el premio en el lugar y forma que le indique el organizador. Una vez vencido este plazo no tendrá derecho a reclamarlo ni pretender indemnización alguna.

4. Forma de participar: Quien desee participar en el sorteo de esta promoción, deberá –dentro del plazo promocional– comprar, en los establecimientos debidamente identificados con la presente promoción, al menos una unidad de la línea de productos "SANSÓN" los cuales son:

  • SANSÓN UG
  • SANSÓN Blanco
  • SANSÓN Fortacem
  • SANSÓN Mortero
  • SANSÓN Concreto Seco
  • SANSÓN Repello Grueso
  • SANSÓN Repello Fino
  • SANSÓN Pega Cerámica Proyectable
  • SANSÓN Pega Cerámica Plus
  • SANSÓN Pega Cerámica Standard
  • SANSÓN Pega Cerámica Premium

Una vez adquirido alguno de estos productos deberá solicitar al momento de la compra un cupón, que al llenarlo y depositarlo en el buzón diseñado para tal efecto quedará participando en el sorteo del premio.

No existirá límite al número de participaciones por persona, siempre y cuando se cumpla con todas las disposiciones de este reglamento.

El Organizador se reserva el derecho para descalificar de la promoción o de exigir la devolución de premios cuando existan razones fundadas para creer que el participante no adquiera productos para su uso personal, profesional o el de su círculo familiar.

No participarán cupones, no originales, rotos, dañados o de cualquier forma presentados en incumplimiento de los procedimientos que se establecen al efecto, o bien que tengan un estado o aspecto que haga dudar de su autenticidad.

El interesado es el único responsable por el cupón, desde el momento en que lo reciba y mientras esté en su poder. Si por alguna razón el cupón es destruido, dañado, si se extravía o desaparece, el Organizador no aceptará queja o reclamo por ello ni repondrá el mismo ni compensará de ninguna forma al participante.

5. Territorio: La presente promoción será válida y surtirá efectos únicamente dentro de la República de Costa Rica.

6. Información del participante: Los organizadores considerarán como participante de la promoción a la persona física cuyos datos completos consten en los cupones depositados en los buzones participantes. Al registrarse, los participantes estarán obligados a brindar información veraz y exacta y garantizan que los datos que aporten son suficientes para ser localizados. El Organizador confiará en dicha información para todos los efectos de la promoción.

Cualquier imprecisión que impida identificar o localizar al participante implicará su descalificación. Igual consecuencia tendrá el hecho de proporcionar información falsa o inexacta. Cualquier comunicación relacionada con la promoción se le hará según los datos consignados. Al incluir sus datos, el participante manifiesta y garantiza que cuenta con autorización suficiente para participar a título personal y disfrutar el premio.

Cualquier disputa del participante con terceros en cuanto a la titularidad del premio será un asunto ajeno a los organizadores, independientemente del origen o causa de la adquisición del producto, o de cualquier otro aspecto relacionado con esa o con cualquier otra transacción en la que el participante esté involucrado.

7. Premios: En esta promoción se otorgarán 50 premios, cada uno consistente en una orden de compra por ¢100,000 (cien mil colones) en cualquiera de las tiendas de la cadena "Gollo" ubicadas en todo el país.

El Organizador no cubrirá los gastos en que incurra cada ganador para hacer efectivo su premio ni para el goce y disfrute del mismo.

Cada ganador, al firmar el recibo de su premio manifiesta su conformidad y exime de toda responsabilidad al organizador. Una vez recibido el premio de conformidad, el organizador no responderá por cualquier daño, pérdida o menoscabo que sufra el mismo por razones que no le sean imputables al organizador.

Los premios son indivisibles, intransferibles y no negociables. Para ser acreedor de un premio, los participantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente reglamento.

El organizador no cubrirá ningún reclamo correspondiente a garantía, daño o desperfecto de cualquier forma de los productos adquiridos con las órdenes de compra, el ganador deberá hacer este reclamo en la tienda en la cual retiró el premio.

Por ningún motivo el organizador o alguna de las empresas involucradas en la presente promoción deberá hacer una entrega de dinero a alguno de los ganadores, si estos no utilizan todo el monto de la orden de crédito, si la misma se vence o si de cualquier manera no es cambiada de manera íntegra el ganador de dicha orden perderá el derecho a cualquier reclamo, indemnización o beneficio.

8. Selección de los ganadores: La selección de los ganadores será en forma aleatoria, entre todos los cupones depositados. Al momento de los sorteos estará presente un Notario Público designado por los organizadores, quien levantará un acta notarial haciendo constar la identidad de los ganadores así como representantes del organizador.

Los ganadores potenciales estarán sujetos a verificación por parte de los organizadores en cuanto a las condiciones de la promoción y sus datos personales. Ninguna participación deberá considerarse como ganadora hasta tanto no se verifique la elegibilidad del participante, la veracidad de la información brindada, y el cumplimiento de los demás requisitos de este reglamento.

9. Comunicación de los ganadores potenciales y reclamo de premios: Los ganadores potenciales serán contactados telefónicamente por el organizador según los datos aportados por el participante. El organizador realizará un máximo de tres intentos de localizar a cada ganador. De cada intento se dejará constancia escrita. Si no fuese posible localizar a algún ganador potencial, se dejará constancia escrita de tal circunstancia y se procederá a dar el plazo establecido en el punto 3.d. vencido el cual se tendrá por no reclamado el premio y se procederá a convocar al primer suplente elegido que por orden corresponda. Los organizadores harán sus mejores esfuerzos por localizar cada ganador potencial, sin que esto implique que asumen responsabilidad alguna en caso de no hallarlo.

Para reclamar efectivamente su premio, cada ganador potencial deberá acudir por sus propios medios al lugar al que se le citará y presentar su cédula de identidad o cualquier otro documento oficial que acredite su identidad, una copia de dicho documento, además deberá firmar una declaración jurada de elegibilidad, y una liberación de responsabilidad en beneficio del organizador. Las órdenes para cambiar los premios se entregarán en las oficinas del organizador ubicadas en Guachipelín, Escazú, Oficentro Plaza Roble, Edificio El Pórtico, tercer piso y estos se podrán retirar en cualquiera de las tiendas Gollo del país.

Si un participante seleccionado no se comunica dentro del plazo indicado, si se niega a firmar la declaración jurada y liberación de responsabilidad, o si de cualquier manera incumple este reglamento, se entenderá que renuncia a su premio.

Para prever este supuesto, o en cualquier otro que se necesite, el organizador elegirá el día del sorteo a un mínimo de quince suplentes, en caso que por cualquier motivo alguno de los ganadores potenciales seleccionados no sea elegible. El orden de las suplencias será el mismo en que fueron seleccionados, y el nombre de los suplentes no se hará público a menos que sea necesario darles un premio. Si ninguno de los suplentes anteriores cuenta con los requisitos de elegibilidad, se realizará una nueva selección de suplentes hasta obtener un posible elegible.

10. Derechos de imagen: El hecho de participar en la promoción implicará el consentimiento de los participantes a que su nombre, voz e imagen sean utilizados en programas de televisión, publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que los organizadores deseen hacer con relación a la promoción, ya sea durante el plazo promocional o una vez vencido el mismo. Esta autorización no implicará deber alguno de remunerar o compensar al participante. Adicionalmente, según se ha dicho, los ganadores potenciales deberán firmar una autorización expresa para el uso de estos derechos de imagen como condición para que se les entregue el premio.

11. Responsabilidad de los organizadores: El organizador es responsable únicamente por la entrega del premio indicado en este reglamento y por la aplicación del mismo. Los ganadores de los premios serán responsables del uso y disfrute que le den al mismo. Al registrarse los participantes liberan de responsabilidad a los organizadores, copatrocinadores, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representantes o agentes por cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la promoción.

Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad al organizador por: a) Gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo; b) Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo, al sitio de Internet o similares que alteren el desarrollo de la promoción; c) Daños sufridos a la integridad o bienes de los ganadores o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del premio.

12. Suspensión de la promoción: El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores. La alteración de documentos e información sobre los ganadores así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley. La suspensión de la promoción se dará a conocer en un diario de circulación nacional.

13. Información personal: La totalidad de la información proporcionada por los participantes pertenecerá al Organizador. Los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte de los organizadores y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese el organizador, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la empresa organizadora o de terceros, así como cualquier fin comercial que no esté prohibido.

14. Relación entre las partes: Ninguna disposición de la presente promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante o ganador de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía organizadora. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.

15. Identidad de los ganadores: Al finalizar la promoción, los nombres, número de cédula o datos de identidad de los ganadores estarán disponibles para ser consultados por cualquier interesado.

El presente reglamento se encontrará disponible en la página Web www.cemexcostarica.com y se podrá solicitar al 2201-2020. Cualquier duda o consulta sobre los alcances e interpretación del presente reglamento, podrá evacuarse mediante consulta telefónica al número telefónico: 2201-2020. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.